¿Tu hijo no tiene el apellido de su padre? ¿Te niegan una pensión de alimentos? Reconoce legalmente a tu hijo y asegúrale su derecho a un nombre, alimentos y herencia.
Derechos del hijo extramatrimonial, pensión de alimentos y reconocimiento de paternidad
Te dejó embarazada, no quiere firmar el reconocimiento y tu hijo lleva solo tus apellidos sin recibir nada.
Crees sola a tu hijo y el padre biológico no aporta un centavo. Necesitas que la ley lo obligue.
Eres el padre, quieres que tu hijo lleve tu apellido y tengas derecho a verlo, pero la madre te bloquea.
Si algo le pasa a su padre biológico, tu hijo no hereda nada porque legalmente "no existe" para él.
DNI, pasaporte, seguros médicos... siempre te piden aclaraciones porque los apellidos no coinciden o falta el padre.
Unos dicen que con ir a la notaría basta, otros que necesitas un juicio largo y costoso. No sabes qué es cierto.
Si te identificas con alguna de estas situaciones, podemos ayudarte:
Reconocer a Mi Hijo AhoraTu hijo obtiene su apellido paterno y partida de nacimiento completa.
Fijamos una pensión justa obligatoria que el padre deberá pagar mensualmente.
Si él se niega, pedimos al juez una prueba de ADN. Si no va, se presume la paternidad.
Zoom o WhatsApp. Cobertura nacional. Tú no tienes que viajar.
Dependiendo si hay acuerdo o no, el camino varía.
Te respondemos en menos de 30 min. Evaluamos si hay acuerdo o no.
Determinamos la vía: notarial (rápido) o judicial (si se niega o no paga).
Partidas, mensajes, pruebas de convivencia. Si niega paternidad: solicitamos ADN pericial.
Notaría o Juzgado. Pedimos reconocimiento, alimentos y, si aplica, tenencia/visitas.
Sentencia a favor, inscripción en RENIEC y fijación de pensión de alimentos.
La consulta es 100% gratuita y sin compromiso.
Consulta Gratuita AhoraMe dejó embarazada y se desapareció. Lo encontramos, le ordenaron el ADN, dio positivo y ahora paga una pensión justa. Mi hijo ya tiene su apellido.
Karen Villanueva
Lima — Plan Judicial
Quería reconocer a mi hijo pero su mamá me lo impedía. Le demandé por filiación, se logró el reconocimiento y obtuve mi régimen de visitas.
Jorge Soto
Arequipa — Plan Completo
Él aceptó reconocer a la bebé pero no sabíamos cómo hacerlo. Nos ayudaron con la notaría y RENIEC en 10 días. Súper rápido y económico.
Lucía Muñoz
Cusco — Plan Voluntario
Me decía que el hijo no era mío. El juez le ordenó la prueba de ADN. Como se negó a ir, el juez lo declaró padre por presunción. Justicia al final.
Carlos Poma
Trujillo — Plan Judicial
Me ayudaron con la filiación, la pensión de alimentos y además logré la tenencia porque él era violento. Todo en un solo proceso. Quedé muy tranquila.
María Espinoza
Lima — Plan Completo
Mi hijo ya tenía 8 años sin mi apellido. Lo logramos por vía judicial rápido. Lo más hermoso fue ver su nueva partida de nacimiento con mis dos apellidos.
Richard Torres
Piura — Plan Judicial
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Es el proceso legal para reconocer a un hijo nacido fuera del matrimonio, estableciendo legalmente quién es el padre y la madre. Esto le da al niño derecho a llevar los apellidos, recibir alimentos y heredar.
Sí, sin problema. El estado civil del padre no impide el reconocimiento. Un hombre puede tener hijos dentro y fuera del matrimonio, y todos tienen exactamente los mismos derechos a llevar su apellido, recibir alimentos y heredar.
Sí. Si el padre tiene pruebas de que es el padre biológico (o si el juez ordena una ADN), puede demandar judicialmente a la madre para que se reconozca la paternidad. La ley busca el interés superior del niño.
No siempre. Si el padre acepta y van a una notaría, no se necesita ADN. La prueba de ADN se pide vía judicial únicamente cuando el padre niega ser el padre biológico.
Desde S/.999 si es voluntario (vía notaría). Si hay que demandar por negación o falta de pago: desde S/.1,999. El costo del ADN pericial (S/.800 - S/.1,500 aprox) se paga aparte al laboratorio.
Vía notarial (voluntario): 10-20 días. Vía judicial (contencioso): 3 a 6 meses, dependiendo de si se requiere ADN y la carga del juzgado.
Principalmente tres: 1. Derecho al apellido (inscrito en RENIEC), 2. Derecho a alimentos (pensión obligatoria), y 3. Derecho hereditario (hereda por ley como hijo legitimo). Además, le facilita trámites como DNI, pasaporte y seguros.
Sí. Se pueden acumular ambas pretensiones en una sola demanda judicial. De hecho, es lo más común y eficiente para no tener que hacer dos juicios separados.
Si el juez ordena la prueba y el demandado se niega injustificadamente a realizarse el examen de ADN, la ley establece una presunción legal a favor de la paternidad. Es decir, el juez lo declara padre por su negativa.
Sí. Cuotas sin intereses en 2-3 pagos para todos los planes. Sin recargos adicionales.
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