LEY N° 27337 — INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO

Tenencia de Hijos: Protege el Bienestar de Tus Hijos

La tenencia no es un premio, es una responsabilidad. Te ayudamos a obtenerla de forma legal, rápida y protegiendo el interés superior del niño. Consulta gratuita y confidencial.

Tus hijos no pueden esperar

Cada día que pasa sin resolver la tenencia, tus hijos están expuestos a un ambiente inadecuado. El sistema judicial prioriza el interés superior del niño — y nosotros también.

+5,000
Casos de Tenencia
96%
Casos Favorables
3-8
Meses Judicial
15 días
Vía Conciliatoria
EVALUACIÓN GRATUITA DE TENENCIA

Cuéntanos tu situación y te decimos si tu caso es viable

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Confidencial
Respuesta 30 min
MINJUS Registrado Abogados Especialistas Derecho de Niñez 4.9/5 Google (380+) Enfoque Humano Cobertura Nacional
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¿TE IDENTIFICAS?

Tus hijos merecen estabilidad

Tu ex no te deja ver a tus hijos

Estás sufriendo porque te bloquea el acceso, pone excusas, cambia horarios o te cierra la puerta.

Necesitas la tenencia para su bienestar

El ambiente actual en el que están tus hijos no es el adecuado y necesitas actuar rápido.

No sabes si te corresponde

La confusión sobre quién tiene derecho a la tenencia te paraliza y no sabes si tu caso es viable.

Tu ex te amenaza con quitártelos

Usa a los hijos como herramienta de chantaje emocional. El miedo constante te agobia.

No tienes dinero para un juicio largo

Los costos de un proceso judicial de tenencia te asustan y no sabes por dónde empezar.

Vives en otra ciudad

No tienes acceso a buenos abogados especializados en tenencia en tu ciudad. Necesitas atención virtual.

Si te identificas con alguna de estas situaciones, podemos ayudarte:

Proteger a Mis Hijos Ahora
INFORMACIÓN CLAVE

¿Qué es la tenencia y quién la obtiene?

Base Legal

Regulada por el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337, Art. 84). Siempre se prioriza el interés superior del niño.

No Es Un Premio

La tenencia es el derecho y obligación de convivir con los hijos y cuidarlos. No es un "premio" para el padre o madre.

Igual Derecho

Ambos padres tienen igual derecho. Se otorga al que demuestre mejor capacidad para el cuidado del niño.

Criterios del Juez

Edad, sexo, vínculo afectivo, capacidad del solicitante, ambiente familiar y opinión del niño (+10 años).

Especialistas en Derecho de Niñez
Prueba sólida que respalda tu caso
Protegemos el interés superior del niño
Tenencia + alimentos + visitas juntos
PASO A PASO

Cómo obtenemos la tenencia

Un proceso claro y transparente.

1

Evaluación de Caso

Analizamos tu situación y te decimos si la tenencia es viable y cuál es la mejor estrategia.

2

Recopilación de Pruebas

Documentos, testigos, informes psicológicos y toda la evidencia que fortalece tu caso.

3

Conciliación o Demanda

Intentamos acuerdo primero (15 días). Si no es posible, procedemos judicialmente.

Tenencia Otorgada

Tenencia con régimen de visitas para el otro padre. Tus hijos están protegidos.

¿Puedo obtener tenencia si no estoy casado/a?

Sí, absolutamente. El estado civil no es relevante para la tenencia. Lo que importa es la relación paterno/materno-filial y el interés superior del niño. Muchos de nuestros casos exitosos son de padres que nunca se casaron.

TESTIMONIOS REALES

Padres que protegieron a sus hijos

Tenía miedo de que la tenencia fuera un juicio horrible, pero el equipo logró que llegáramos a un acuerdo en 2 sesiones. Mis hijos no sufrieron nada en el proceso.

Patricia Huamán

Patricia Huamán

Lima — Vía Conciliatoria

Mi ex pareja no me dejaba ver a mis hijos. La abogada presentó pruebas contundentes y el juez me otorgó la tenencia en 4 meses. Ahora veo a mis hijos cada semana.

Raúl Salazar

Raúl Salazar

Arequipa — Vía Judicial

Nunca estuve casada y pensé que no podía pedir la tenencia. Me explicaron que sí se podía. Obtuve la tenencia y alimentos para mis 2 hijos. Eternamente agradecida.

Gladys Quispe

Gladys Quispe

Cusco — Tenencia + Alimentos

Mi hijo mayor tiene 12 años y el juez lo escuchó. Su opinión fue clave para la decisión. El equipo me preparó muy bien para esa audiencia.

Jorge Apaza

Jorge Apaza

Trujillo — Vía Judicial

Lo hicimos todo por videollamada desde Piura. No tuve que viajar a Lima. El acuerdo quedó bien redactado y ahora mis hijos están conmigo.

Sandra Villanueva

Sandra Villanueva

Piura — Vía Conciliatoria

El combo tenencia + alimentos fue la mejor decisión. Resolvimos todo en un solo proceso y pagué en cuotas. Mis hijos están bien cuidados.

Miguel Ángel Torres

Miguel Ángel Torres

Lima — Tenencia + Alimentos

4.9/5 — 380+ reseñas verificadas

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PREGUNTAS FRECUENTES

Todo lo que necesitas saber sobre tenencia

Ambos padres tienen igual derecho a la tenencia. Se otorga al que demuestre mejor capacidad para el cuidado del niño, siempre priorizando el interés superior del menor (Art. 84, Ley N° 27337). El género del padre o madre no es un factor determinante.

Sí, absolutamente. El estado civil no es relevante. Lo que importa es la relación paterno/materno-filial y el interés superior del niño. Puedes solicitar la tenencia estés casado/a, divorciado/a, conviviente o soltero/a.

El juez debe escuchar al niño a partir de los 10 años (Art. 9, Ley N° 27337). Su opinión es un factor importante pero no determinante. El juez evalúa el conjunto de pruebas y el interés superior del niño, no solo su preferencia.

Puedes interponer una demanda de variación de tenencia si cambian las circunstancias. También puedes solicitar medidas de protección inmediatas si hay violencia o riesgo para los niños. El juez puede modificar la tenencia si demuestras que el cambio beneficia al menor.

No. Para viajar al extranjero con el menor necesitas autorización del otro padre o autorización judicial. Salir del país sin permiso puede constituir sustracción internacional de menores, un delito grave con consecuencias penales.

Por vía conciliatoria: 15-30 días si hay acuerdo entre las partes. Por vía judicial: 3-8 meses dependiendo de la complejidad del caso y la carga del juzgado. Con medida cautelar, puedes obtener la tenencia provisional más rápido.

En Perú se usa el término "tenencia" (no custodia). Ambos conceptos son similares: se refieren al derecho y obligación de convivir con los hijos y cuidarlos. La "custodia compartida" no existe como figura legal en Perú, aunque se pueden establecer regímenes de convivencia amplios.

Sí, pero primero necesitas reconocimiento de paternidad/maternidad. Si no hay reconocimiento voluntario, puedes solicitar una prueba de ADN y luego una demanda de filiación. Una vez reconocido, puedes solicitar la tenencia.

CONSULTA GRATUITA Y CONFIDENCIAL

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PUNO: Lima 750 - Cercado

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