ACERCA DE LA UNIÓN DE HECHO

¿Qué es la Unión de Hecho?

La unión voluntaria realizada y mantenida entre un varón y mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes y derechos semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, siempre que dicha unión haya durado por lo menos mínimo 2 años continuos.

Nosotros le brindaremos atención personalizada y elaboración de estrategias para cada caso en concreto.

PREGUNTAS COMUNES

¿Preguntas frecuentes ?

La unión voluntaria realizada y mantenida entre un varón y mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes y derechos semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, siempre que dicha unión haya durado por lo menos mínimo 2 años continuos.
Se requiere probar: La temporalidad mínima de 2 años de convivencia; que haya sido pública, notoria, de conocimiento general y que ninguno tenga impedimento para contraer matrimonio. Para ello se acompañarán cualquiera de los medios probatorios admitidos por la ley procesal, siempre que exista una prueba documental

Existen dos formas para reconocer la Unión de hecho:

  • A través de la vía Notarial si los 2 convivientes están de acuerdo
  • Solicitarlo judicialmente ante el Juez de familia, cuando uno de los convivientes no esté de acuerdo, se hayan separado o haya fallecido.

Si uno de los concubinos se negara a reconocer la unión de hecho o hubiera fallecido, el otro podrá acudir al Juez de familia del último domicilio del concubinato y solicitarle el Reconocimiento judicial de esa unión de hecho. Se demandará al otro concubino o a los herederos de éste si hubiera fallecido.

 

Deberá acreditar que durante la unión de hecho no existió impedimento matrimonial, el inicio y tiempo de duración de la convivencia y que esta fue pública y notoria. Para ello deberá adjuntar como pruebas: Documentos en general, actas de nacimiento, certificados domiciliarios, boletas de venta, facturas, partidas registrales, constancias de RUC, testigos, fotografías, videos, correos electrónicos y cualquier otro medio que prueba probar dicha convivencia.

TRAMITE DE LA UNIÓN DE HECHO

¿Cómo es el trámite del Reconocimiento de Unión de Hecho en la vía Judicial ?

Se presenta una demanda al Juez de Familia del lugar de su domicilio, indicando las generales de ley de cada conviviente y la fecha de inicio de la convivencia, haciendo un reconocimiento expreso que conviven más de dos años de manera continua
Además deberán declarar expresamente que se encuentran libres de impedimento matrimonial, que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer y que la convivencia es pública y notoria.

Se requerirá la declaración de 2 testigos mínimo que indiquen conocer a las partes como concubinos por más de 2 años y deberán acompañar las siguientes pruebas documentales:

  • Constancia de no Inscripción de Matrimonio emitido por la Municipalidad provincial del domicilio de los solicitantes .
  • Constancia Negativa de Inscripción de Matrimonio del señor y de la señora, emitida por el RENIEC, que acredita no haber tenido impedimento matrimonial.
  • Certificado Negativo de Unión de Hecho del señor y de la señora, emitido por la SUNARP, que acredita no haber tenido impedimento matrimonial.
  • Relación de bienes muebles e inmuebles adquiridos dentro de la convivencia
  • Documentos que acrediten la unión de hecho como : Fotografías, Conversaciones chat , y otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

Posteriormente el juez de Familia emitirá una sentencia DECLARANDO FUNDADA la demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, Así mismo el régimen de sociedad de gananciales generado en el período declarado y la inscripción en el Registro correspondiente ante SUNARP a solicitud de la parte interesada .

Y por tanto todos los bienes adquiridos dentro de esa unión de hecho pertenecen a ambos convivientes.

¿Cuáles son sus beneficios y cómo registrar tu convivencia en Sunarp?

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Inscribirse en la SUNARP

La posibilidad de inscribir en la unión de hecho en el registro personal de la SUNARP, lo que le da publicidad y seguridad jurídica

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Derecho a heredar

El derecho a heredar de los bienes de la pareja en casos de fallecimiento

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Sociedad de bienes

El derecho a participar de la sociedad de bienes que se forma entre los convivientes, que se rige por el régimen de sociedad de gananciales

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Solicitar alimentos

El derecho a solicitar alimentos para si o para loa hijos comunes en caso de separación o abandono

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Acceso Beneficios Sociales

El derecho a acceder a los beneficios sociales de salud y pensionarios de la pareja ( PENSION DE VIUDEZ) , siempre que se acredite la unión de hecho

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Derecho Sucesorio

El derecho sucesorio de la unión de hecho conforme a la Ley 30007 .

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